Serie: Los clásicos del derecho

Baldo degli Ubaldi: Jurista Italiano

También conocido como Baldo de Ubaldis, el nombre de Baldo degli Ubaldi es un nombre que evoca los orígenes de la regulación del comercio, los principios del uso de la letra de cambio y los antecedentes del derecho mercantil; en sí de la génesis de la organización de los  negocios internacionales desde el siglo XII, donde basa sus estudios, pasando por el XIII donde florece su creación jurídica  y hasta el siglo XIV en que solo a través de su obra alumbra el mundo el egregio perusiano.

Baldo degli Ubaldi y la concepción del derecho común

Un hombre del medioevo que invoca por su sola mención la trascendencia del movimiento compilador del derecho canónico y su integración con el estudio del derecho romano; derecho  religioso y secular que se complementan y cuya enseñanza, con ese enfoque,  se dio a partir de la fundación de la Universidad de Bolonia, donde fue alumno y maestro, y desde donde contribuyó en la concepción y configuración del ius commune o derecho común que constituiría el cartabón del sistema jurídico de la Europa Continental.

Alumno de Bartolo de Sassoferratto considerado como el jurista más influyente de todos los siglos y maestro de Pierre Roger de Beaufort, doctor en derecho y teología, elegido Papa en 1370 con el nombre de Gregorio XI que fue el último Papa del Papado de Aviñón, sobrino del Papa Clemente VI y además el  último pontífice francés.

El Papa Urbano VI, el primer Papa italiano después de casi setenta años de Papas franceses del Papado de Aviñón, se apoyó en la sapiencia jurídica, de Baldo degli Ubaldi como su consejero, contra el denominado antipapa Clemente VII en el histórico Cisma de Occidente.

La crisis de la iglesia a fines del siglo XIV, cuando el pontificado retorna a Roma, concluyendo así la larga permanencia del papado en Aviñon Francia trae como consecuencia la división de obediencias en la Cristiandad con la designación por el cónclave romano de Urbano VI como Papa y la elección por los cardenales, que no habían querido regresar a Roma, de Clemente VII y los partidarios de que continuara el Papado de Aviñón; el mundo cristiano se bifurca en dos: dos Papas: el Cisma de Occidente.

El conocimiento trascendente

Baldo degli Ubaldi, junto con algunos de los ilustres maestros que lo formaron y de algunos brillantes discípulos que forjó,  representan la máxima cota a que llegó la escuela de los comentadores o escolásticos; profundos estudiosos del corpus iuris civilis y del corpus iuris canonici clásico, iluminaron la ¿oscura? edad media y sus conocimientos e interpretaciones aún alumbran el mundo jurídico de nuestro tiempo.

Si alguien se interroga sobre la importancia de las cuestiones jurídicas de hace 800 años antes, solo tiene que ponerse enfrente un problema que en aquellos tiempos tenía una discusión que hasta hoy sigue: el aborto.

El derecho romano de aquella época hablaba de los derechos del nasciturus y del delito de aborto, lo mismo que el derecho canónico, con los mismos conceptos; para aquel tiempo se hablaba de producto intrauterino de seis meses como ahora se habla de tres meses; para entonces también había objetores de conciencia ,como hoy en el caso de los médicos que basados en la objeción de conciencia médica, se niegan a practicar un aborto legal por razones morales, éticas o religiosas; pueden no cuestionar la validez de la norma, donde es aplicable, pero imponen sus asuntos de conciencia para no obedecerla.

Este y muchos casos más que se analizaban en disquisiciones filosóficas, religiosas y jurídicas en siglos atrás siguen hoy teniendo vigencia, sin resolverse; o mejor: resolviéndose en función de un debate canónico y secular.

¿Fixismo del derecho?

Más bien las sociedades crean el derecho que incorpora sus creencias y solo así creen en el derecho.

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Eduardo F. Poblete Castillo

Autor: Eduardo F. Poblete Castillo

Abogado transaccional. Especialista en propiedad intelectual, derecho regulatorio, comercial, empresarial y de negocios. Experto en Franquicias, Arbitraje, Mediación, compliance, y Gobierno Corporativo.